Nuevos descuentos en impuestos bonaerenses: ¿Cuáles son?

El Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, mediante el Ministerio de Hacienda y Finanzas, activó descuentos y bonificaciones en los impuestos bonaerenses.

Mediante la Resolución de firma conjunta Nº2/2022 publicada en el Boletín Oficial, el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, por intermedio del Ministerio de Hacienda y Finanzas y el de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica, bonifican el 10% del pago del impuesto Inmobiliario.

Según se anotició por intermedio del Artículo 1º de la norma, la misma apunta a «aquellos inmuebles ubicados en la Planta Urbana destinados al desarrollo de actividades industriales, clínicas, sanatorios, hospitales u otros centros de salud, y los que pertenezcan en propiedad a empresas de medios gráficos y periodísticos, cuando estén afectados al desarrollo de sus actividades específicas».

En cuánto al método de aplicación del descuento del impuesto Inmobiliario para industrias, clínicas, sanatorios, hospitales, centros de salud, gráficas y medios de comunicación, en el 2º apartado de informó que «la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA) fijará las condiciones para acceder al beneficio previsto en el artículo 1º de la presente, los que tendrán carácter adicional a las bonificaciones especiales en el impuesto inmobiliario para estimular el ingreso anticipado de cuotas no vencidas y/o por buen cumplimiento dispuestas en el marco del artículo 19 primer y segundo párrafo de la Ley N° 15.311 (Impositiva para el ejercicio fiscal 2022)».

De acuerdo al Artículo 19º de la Ley Impositiva 2022, se aturizaron «bonificaciones especiales en el impuesto Inmobiliario para estimular el ingreso anticipado de cuotas no vencidas y/o por buen cumplimiento de las obligaciones en las emisiones de cuotas, en la forma y condiciones que determine el Ministerio de Hacienda y Finanzas».

Según citada norma, las mismas «no podrán exceder el treinta y cinco por ciento (35%) del impuesto total correspondiente».

Además se habilitó a que «mediante resolución conjunta de los Ministerios de Hacienda y Finanzas, y de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica se podrá adicionar a las anteriores, una bonificación máxima de hasta el treinta por ciento (30%) para aquellos inmuebles destinados al desarrollo de las actividades comprendidas en el Nomenclador de Actividades del Impuesto sobre los Ingresos Brutos (NAIIB-18)».

«La Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires podrá aplicar las bonificaciones que se establezcan en el marco del presente artículo, inclusive cuando los impuestos se cancelen mediante la utilización de Tarjeta de Crédito», se estableció en el mencionado apartado de la Ley 15.311.

Con la Resolución denotada hoy, la norma se dividió en 4 capítulos con tal de especificar cómo serán los descuentos y bonificaciones en cada uno de los casos detallados.

Automotores y/o a las Embarcaciones Deportivas o de Recreación

Primeramente se estableció la «bonificación por cancelación del monto anual en los impuestos Inmobiliario de la Planta Urbana, a los Automotores y/o a las Embarcaciones Deportivas o de Recreación» cuyo Artículo 1° citó: «Acordar a los contribuyentes que opten por cancelar el monto anual del componente básico del impuesto Inmobiliario de la Planta Urbana, del impuesto a los Automotores y/o a las Embarcaciones Deportivas o de Recreación correspondientes al ejercicio 2022 en las fechas fijadas para el vencimiento de la primera cuota de cada uno de ellos o con antelación a las mismas, un descuento del diez por ciento (10%) del monto del impuesto».

En el tercer capítulo de la Resolución sobre los descuentos en impuestos bonaerenses se reportó «establecer en el impuesto a los Automotores y/o a las Embarcaciones Deportivas o de Recreación correspondiente al año 2022, una bonificación por buen cumplimiento del diez por ciento (10%) del monto de cada cuota. A los efectos de aplicar la bonificación establecida en el párrafo anterior, se considerará a aquellos contribuyentes que abonen la cuota respectiva del tributo en término».

Este apartado, el número 4, prosiguió: «Tratándose de vehículos automotores modelos año 2022, la bonificación se aplicará respecto de las cuotas que venzan con posterioridad al cumplimiento de la obligación a que se refiere el artículo 232 del Código Fiscal -Ley Nº 10.397 (Texto ordenado 2011) y modificatorias-«.

«Cuando los contribuyentes del impuesto a los Automotores y/o a las Embarcaciones Deportivas o de Recreación correspondiente al año 2022 hayan optado u opten por adherir a los fines de su pago, al sistema de débito automático en cuenta bancaria o tarjeta de crédito, y/o al sistema de boleta electrónica el porcentaje de la bonificación por buen cumplimiento se incrementará en un diez por ciento (10%) adicional, conforme la forma y modalidades para la aplicación del beneficio que establezca la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires», se concluyó en la norma acerca de los descuentos en impuestos bonaerenses.

Inmobiliario

En segundo término se comunicó la «bonificación por buen cumplimiento en el impuesto Inmobiliario» que constó, en el Artículo 2°, de «establecer en el impuesto Inmobiliario de la Planta Urbana correspondiente al año 2022, una bonificación por buen cumplimiento, del diez por ciento (10%) del monto de cada cuota. A los efectos de aplicar la bonificación establecida en el párrafo anterior, se considerará a aquellos contribuyentes que abonen la cuota respectiva del tributo en término».

«Cuando los contribuyentes del impuesto Inmobiliario de la Planta Urbana correspondiente al año 2022 hayan optado u opten por adherir a los fines de su pago, al sistema de débito automático en cuenta bancaria o tarjeta de crédito, y/o al sistema de boleta electrónica, el porcentaje de la bonificación por buen cumplimiento se incrementará en un diez por ciento (10%) adicional, conforme la forma y modalidades para la aplicación del beneficio que establezca la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA)», se completó respecto al apartado anterior sobre los descuentos de los impuestos bonaerenses.

En el Artículo 3°, se estableció que «el impuesto Inmobiliario de la Planta Rural correspondiente al año 2022, una bonificación por buen cumplimiento del quince por ciento (15%) del monto de cada cuota. A los efectos de aplicar la bonificación establecida en el párrafo anterior, se considerará a aquellos contribuyentes que abonen la cuota respectiva del tributo en término».

«Cuando los contribuyentes del impuesto Inmobiliario de la Planta Rural correspondiente al año 2022 hayan optado u opten por adherir a los fines de su pago, al sistema de débito automático en cuenta bancaria o tarjeta de crédito, el porcentaje de la bonificación por buen cumplimiento se incrementará en un cinco por ciento (5%) adicional, conforme la forma y modalidades para la aplicación del beneficio que establezca la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires», se concluyó en el apartado anterior acerca de los descuentos en los impuestos bonaerenses.

Más detalles sobre los impuestos

De acuerdo al Artículo 5°, «las bonificaciones por buen cumplimiento en los impuestos Inmobiliario de la Planta Urbana, a los Automotores y/o a las Embarcaciones Deportivas o de Recreación establecidas en los Capítulos II y III de la presente -con excepción del incremento establecido por pago mediante adhesión al sistema de débito automático en cuenta bancaria o tarjeta de crédito, o sistema de boleta electrónica-, son adicionales a la prevista en el Capítulo I».

Por último en cuanto a los descuentos en impuestos bonaerenses se explicitó, en el 6° apartado, que «cuando se verifique la adhesión al sistema de boleta electrónica y al sistema de débito automático (en cuenta bancaria o tarjeta de crédito) respecto de un mismo inmueble, vehículo automotor o embarcación deportiva o de recreación, se registrará únicamente la bonificación que corresponda por la adhesión a este último sistema».